Es posible que NO sea elegible para TPS o para mantener su TPS existente si:
- Haber sido condenado por cualquier delito grave o dos o más delitos menores cometidos en los Estados Unidos;
- Son declarados inadmisibles como inmigrante bajo los motivos aplicables en la sección 212 (a) de la INA, incluidos los motivos penales y relacionados con la seguridad no renunciables;
- Están sujetos a cualquiera de las prohibiciones obligatorias de asilo. Estos incluyen, pero no se limitan a, participar en la persecución de otra persona o participar o incitar a actividades terroristas;
- No cumplir con los requisitos de presencia física continua y residencia continua en los Estados Unidos;
- No cumplir con los requisitos de registro inicial o tardío inicial de TPS; o
- Si se le concede TPS, no puede volver a registrarse para TPS, según sea necesario, sin una buena causa.
Si sale de los Estados Unidos sin solicitar la libertad condicional anticipada (autorización de viaje), puede perder el TPS y es posible que no se le permita volver a ingresar a los Estados Unidos .
Consejos prácticos si se encuentra con un oficial de policía o un funcionario de inmigración:
Si la policía se le acerca siempre mantenga la calma y el respeto, piense en su familia y su situación . Sin embargo, usted tiene ciertos derechos y debe usarlos .
- Usted tiene derecho a permanecer en silencio. Puede negarse a hablar con los oficiales hasta que haya hablado con un abogado. Su derecho a permanecer en silencio y su derecho a un abogado son sus derechos más importantes cuando se encuentra con la policía en su capacidad de investigación. Cualquier cosa que digas será usada en tu contra, especialmente si tratas de explicar tus acciones, por lo que el silencio es dorado.
- Sin embargo, puede decirle cortésmente al oficial que desea permanecer en silencio y no responder ninguna pregunta . No consientas ninguna búsqueda. No admitas la culpa. Pregunte si está detenido. Si la respuesta es “sí”, pregunte por un abogado. Esto debería evitar que la policía le haga más preguntas. Si la policía arresta, usted continúa guardando silencio y pide un abogado.
- Si la Policía o los Agentes vienen a su puerta, vuelva a ser respetuoso al hablar con ellos, pero no tiene que abrir la puerta a menos que el oficial le muestre una orden firmada por un juez. Para que se le permita ingresar a su hogar, tanto los funcionarios de inmigración como la policía deben tener una orden firmada por un juez, excepto en circunstancias de emergencia. Si usted da su consentimiento para que las oficinas entren y registren su casa perderá el derecho a impugnar estas acciones en los tribunales.
- Usted tiene derecho a hablar con un abogado. Simplemente puede decir: “Necesito hablar con mi abogado”. Debe tener a su abogado presente si ICE u otras fuerzas del orden lo interrogan. Antes de firmar cualquier cosa, hable con un abogado. ICE puede intentar que usted firme su derecho a ver a un abogado o un juez. Asegúrese de entender lo que realmente dice un documento antes de firmarlo.
- Siempre lleve contigo cualquier documento de inmigración válido que tenga, esto incluye avisos para comparecer en la corte de inmigración porque este puede ser el único documento que tenga hasta que obtenga otros documentos de identidad
- Si le preocupa que ICE lo arreste, informe al oficial si tiene hijos.
Si usted es el padre o cuidador principal de un ciudadano estadounidense o residente permanente que es menor de 18 años, ICE puede “ejercer discreción” y dejarlo ir.